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La SCJN obliga a juzgar desapariciones de defensoras con perspectiva de género

El pleno de la Suprema Corte estableció que los tribunales deben aplicar un enfoque de género e interseccionalidad al investigar desapariciones de mujeres defensoras de derechos humanos.

Redacción Perspectiva Nacional
Foto: forbes.com.mx

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves que las autoridades judiciales tienen la obligación ineludible de juzgar los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos bajo una perspectiva de género y de interseccionalidad. Esta resolución establece que aplicar este enfoque no es una opción discrecional para los juzgadores, sino un mandato constitucional destinado a garantizar el acceso a la justicia en situaciones donde convergen factores de riesgo específicos por la labor de defensa y la condición de género de las víctimas.

La decisión de la Corte subraya que los impartidores de justicia deben analizar el contexto social, político y económico en el que se desenvolvían las defensoras al momento de su desaparición. Según el fallo, la interseccionalidad obliga a considerar cómo el género se cruza con otros factores, como la pertenencia a pueblos originarios, el activismo ambiental o la labor periodística, los cuales pueden incrementar la vulnerabilidad de las víctimas frente a actores locales o grupos de interés.

Con este criterio, la SCJN busca eliminar las barreras procesales que históricamente han dificultado la identificación de patrones sistemáticos en estos crímenes. La resolución destaca que las fiscalías, tanto a nivel federal como estatal, deben abandonar las prácticas de investigación estandarizadas cuando se trate de mujeres que ejercían una labor de defensa, priorizando la recolección de pruebas que vinculen la desaparición con su activismo.

El máximo tribunal enfatizó que la falta de una perspectiva de género en las investigaciones constituye una violación al derecho a la debida diligencia. De esta manera, el criterio vinculante obliga a que las sentencias y resoluciones futuras incorporen un análisis profundo sobre la violencia estructural, evitando la revictimización y asegurando que se agoten todas las líneas de investigación relacionadas con el impacto de su trabajo en la comunidad.

Esta determinación marca un precedente importante para el Poder Judicial, pues refuerza el compromiso del Estado mexicano con los estándares internacionales de protección a defensores. Especialistas en derechos humanos señalaron que la aplicación efectiva de esta medida dependerá de la capacitación continua de jueces y ministerios públicos en todo el país, quienes deberán adaptar sus protocolos conforme a los nuevos lineamientos establecidos por el pleno.

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